Es excesivo exigir el sacrificio de la vida ya formada
por la protección de la vida en formación
Sentencia C-355/06
“¿Cómo así? ¡Eso a DIOS no le agrada!” textualmente fue uno de los comentarios de rechazo que recibí cuando publiqué en mi estado de WhatsApp una foto y una frase con mi preciada pañoleta verde al cuello, sintiendo orgullo por las compas que se la jugaron toda. Por las tantas veces que alzamos a coro el puño verde y morado en las plazas y calles: “¡Lo logramooooos! ¡Aborto legal, seguro y gratuito hasta la semana 24! ¡No más muertes en la clandestinidad, #NiUnaMenos”. De ahí en adelante parecían insuficientes todos mis intentos por explicar el logro histórico que constituye la reciente Sentencia C-055-22 de la Corte Constitucional. Esta “declara exequible la tipificación del delito de aborto consentido, en el sentido de que no se configura el delito cuando la conducta se practique antes de la semana 24 de gestación”, y es claro su alcance. Sin embargo, ha causado tal revuelo, indignación y manifestaciones de oposición desde el desconocimiento, que incluso se obvia en los comentarios de rechazo a la Sentencia, la cual recoge ya una vieja, querida y normalizada batalla ganada en este campo. Me refiero a la sentencia previa que plantea que el aborto ha de realizarse “cuando se presenten las causales de que trata la sentencia C-355 de 2006”.
Me pregunto entonces si de un momento a otro dejaron de alertarnos los embarazos que son el “resultado de una conducta constitutiva de un hecho punible como el acceso carnal, o acto sexual sin consentimiento, abusivo, de inseminación artificial o transferencia de ovulo fecundado no consentidas, o de incesto”. Tal vez ¿será que dejaron de importarnos “aquellos casos en los cuales está amenazada la vida y la salud, física y mental, de la mujer gestante”? O ¿será que “las malformaciones del feto, certificadas médicamente” que hacen inviable la vida, desde el 21 de febrero de 2022, son mágicamente compatibles con la vida? Definitivamente NO. Por ello encuentro sorprendente que desde comentarios del tipo “imagínese, si antes era clandestino, ahora lo harán por deporte”, se pretenda deslegitimar, o peor, invalidar el derecho a la libre determinación de la mujer que desea poner fin a una gestación que no desea o médicamente no puede sostener. Ninguna mujer que tome la decisión de practicarse un aborto lo está haciendo por deporte, por lo que es cruel, discriminatorio y revictimizante tan solo considerarlo.
“Pero un aborto de 24 semanas es muy cruel”, también me dijeron. Frente a lo que traté de explicar, recordar y ejemplificar con casos reales que el alcance en semanas constituye un logro, dado que no porque el tiempo de gestación pasé forzosamente, significa que la niña, adolescente o mujer adulta deban llevar a término el embarazo. Muchas veces ha sido la burocracia e insensibilidad institucional la que lleva a que el aborto no se realice dentro de las primeras semanas. Los “paseos de la muerte” o paseos de discriminación, revictimización y negación llevan a las niñas, las adolescentes o las mujeres adultas a asfixiarse en el mar de derechos de petición, tutelas, juicios de valor y redireccionamientos de una entidad a otra, objeciones de consciencia o sencillamente negligencias del sistema de salud. Muchas otras veces son las mismas familias las que encubren las situaciones de abuso y el consecuente estado de embarazo de las mujeres, siendo para la niña, la adolescente o la mujer adulta (porque sí, a las mujeres adultas también las abusan sus parejas, no hay que olvidarlo) un lastre cultural y social del que difícilmente pueden librarse. Esto debido a toda la carga afectiva y el daño psicológico que en esta situación se les impone.
Otra pregunta clave sería ¿si la prevención de los embarazos no deseados puede promoverse desde la educación? Y la respuesta sería, sí. Porque en ningún momento nos estamos negando a ello, las organizaciones feministas y de mujeres hemos sido las principales impulsoras del Derecho a la formación en Salud Sexual y Reproductiva. Sin embargo, también defendemos el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, porque el hecho de que conozcamos los métodos de contracepción o planificación familiar, no nos libra desafortunadamente de embarazos forzados que nos imponen los abusos sexuales o el fallo de los mismos métodos de contracepción.
Entonces ¿se debe impartir justicia tanto a los abusadores como a los responsables que encubran y justifiquen el embarazo no deseado de la mujer? Sí, claro que estamos de acuerdo con esto. Sin embargo, esto no libra a las mujeres del embarazo no deseado y por ello se hace necesario trascender el proceso judicial. Sólo desde la ceguera selectiva empañada por el más puro patriarcado se puede pensar que se debe arreglar todo lo de afuera y que lo último o menos importante es lo que acontece en el cuerpo autónomo de las mujeres. Ojalá hubiese más justicia efectiva con sensibilidad y enfoque de género.
Finalmente, la Corte “exhortó al Congreso de la República y al Gobierno Nacional a formular e implementar una política pública integral en la materia” y es aquí donde considero que está el real reto y donde deben estar centradas las miradas. Debe darse la pedagogía en las Instituciones Educativas acerca del alcance de la Sentencia, la sensibilización y cualificación del talento humano que hace parte del sistema de salud, la inversión y adecuación de los centros médicos para responder psicológica y médicamente a la altura de la necesidad de una mujer de interrumpir su embarazo.
Humanicemos las preocupaciones e indignaciones sin sacar de contexto cada caso, ayudémonos a continuar como país en la evolución hacia el goce pleno de nuestros derechos, sobre todo el derecho a decidir y ejercer la autonomía sobre nuestras cuerpas y a la vida libre de violencias.