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Damaris Paola Rozo Lopez

La JEP y el Reconocimiento de las Violencias Basadas en Género contra Hombres en el Conflicto Armado Colombiano

23 septiembre 2025
conflicto armado colombiano | JEP | justicia transicional | víctimas masculinas | violencia basada en género
Damaris Paola Rozo Lopez
Damaris Paola Rozo López (1)
Estudiante de la Maestría en Género del Cider de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de los Andes

dp.rozo28@uniandes.edu.co

cider comunicaciones

cidercomunicaciones@uniandes.edu.co

Las violencias basadas en género (VGA) pueden entenderse como mecanismos sustentados en roles socialmente construidos y asignados a partir de concepciones biológicas del sexo[2]. Dichos roles impactan de manera directa e indirecta a mujeres, hombres y personas pertenecientes a la comunidad LGBTIQ. En este marco, las normas culturales que delimitan lo “masculino” y lo “femenino” generan y perpetúan múltiples formas de violencia, las cuales se expresan y reproducen de manera diferenciada según los contextos y las identidades sexuales de quienes las experimentan. En el caso de los hombres, las VBG se manifiestan de dos formas. Por un lado, de manera directa, mediante actos que buscan debilitar su identidad masculina y reafirmar la del agresor, recurriendo a prácticas que menoscaban su “hombría” y ponen en cuestión su masculinidad. Por otro lado, de manera indirecta, a través del sufrimiento que experimentan cuando sus parejas, madres, hermanas, hijas u otras familiares son violentadas, convirtiendo sus cuerpos en instrumentos de guerra y generando un dolor profundo que también los afecta.

Así, el propósito de esta reflexión es analizar los principales aportes del Auto OPV 794 de 2025 de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), que acreditó a 104 hombres como víctimas de violencia sexual, en relación con las manifestaciones directas de las VBG en el contexto del conflicto armado colombiano. Por ende, se argumenta que este Auto representa un punto de inflexión y una ruptura epistemológica en la manera en que Colombia reconoce y aborda la violencia sexual en el conflicto armado. Para el desarrollo de esta afirmación, se presentarán algunos de los principales hallazgos del Auto. Más adelante, se analizará por qué el Auto es punto de inflexión en la discusión académica y jurídica sobre VBG contra hombres en el conflicto armado. Posteriormente, se compartirán unas reflexiones finales. 

  1. Auto OPV 794 de 2025[3]

Un avance significativo en la labor de la JEP se materializó con el Auto OPV 794 de 2025, el cual constituye un hito en el reconocimiento de las VBG perpetradas contra hombres en el marco del conflicto armado colombiano. La JEP acreditó[4] a 104 hombres como víctimas de violencia sexual en Magdalena, Bolívar y Córdova y estableció que estas prácticas —dirigidas también contra niños, incluyendo a quienes se identifican como heterosexuales y cisgénero— configuran una forma de VBG utilizada por los actores armados para imponer control, humillar y disciplinar[5]. Al otorgarles acreditación como sujeto colectivo, la decisión abrió un precedente jurídico de gran relevancia que:

representa un paso innovador para la verdad y la rendición de cuentas en Colombia, ya que constituye el primer paso para que las víctimas/sobrevivientes puedan recibir verdad, justicia y reparación y crea un precedente para los procesos de justicia a nivel nacional e internacional[6].

De igual forma, en el Auto OPV 794 de 2025, la JEP enfatizó los impactos diferenciales de la violencia sexual ejercida contra hombres en el marco del conflicto armado, subrayando que dichos efectos trascienden el plano físico para extenderse a las dimensiones emocionales, sociales y comunitarias. Las víctimas sufrieron lesiones corporales, secuelas en su salud sexual y reproductiva, así como afectaciones psicológicas graves, entre ellas ansiedad, depresión, culpa y vergüenza[7]. Estos daños se vieron agravados por la ruptura de vínculos familiares y comunitarios, así como por la pérdida de confianza en las instituciones estatales, lo que limitó las posibilidades de reconstruir sus proyectos de vida. En el Auto se señaló que estos impactos se encuentran estrechamente relacionados con la imposición de silencios forzados, producto de los mandatos de la masculinidad hegemónica que sancionan socialmente a los hombres víctimas de violencia sexual, ubicándolos en un lugar de subordinación y despojándolos de su “virilidad” en contextos atravesados por lógicas patriarcales y militarizadas.

  1. Auto como punto de inflexión en la discusión académica y jurídica sobre VBG contra hombres en el conflicto armado

Partiendo de estos hallazgos principales, se afirma que el Auto OPV 794 de 2025 representa un punto de inflexión en la discusión académica y jurídica sobre violencia sexual contra hombres en el conflicto armado colombiano, ya que consolida a nivel institucional muchos de los aportes y demandas que habían sido planteados por la literatura previa. Por un lado, investigaciones como las de Obando[8], Espinosa[9] y Vargas[10] ya habían advertido la invisibilización sistemática de los hombres víctimas y el peso de los estereotipos de género que forzaban su silencio. Sin embargo, hasta entonces estas reflexiones permanecían en el ámbito académico o de las organizaciones sociales. Por otro lado, en comparación con los aportes de Acosta[11] y López[12], quienes profundizaron en los impactos psicosociales y en la tipología de las violencias ejercidas contra hombres, la decisión de la JEP ofrece un respaldo institucional y normativo que valida dichas descripciones. El Auto reconoce explícitamente que estas prácticas —violaciones, humillaciones, desnudez forzada, mutilaciones— constituyen una forma de VBG utilizada por actores armados para imponer control y disciplinar, lo que confirma las interpretaciones identificadas en la literatura[13].

En el ámbito jurídico, el Auto OPV 794 de 2025 marca un punto de inflexión en la consolidación de la justicia transicional en Colombia, al sentar un precedente en el reconocimiento de la violencia sexual contra hombres en el conflicto armado. Su trascendencia radica en que la JEP no solo acreditó a las víctimas en calidad individual, sino que también las reconoció como sujeto colectivo, lo cual significa aceptar que estas violencias no fueron hechos aislados, accidentales o marginales, sino parte de un patrón empleado por los actores armados.

Este reconocimiento es fundamental, pues permite analizar la violencia sexual en su dimensión política y de control social, superando la visión reducida de considerar tales agresiones únicamente como daños privados o individuales. Al reconocer a las víctimas como colectivo, la JEP establece un estándar jurídico novedoso que fortalece la justicia transicional. Ello abre la puerta a la construcción de medidas de reparación integral con un alcance mucho más amplio, que no se limitan a la compensación o rehabilitación individual, sino que también incluyen acciones de memoria histórica, transformaciones institucionales y garantías de no repetición en clave estructural.

  1. Reflexiones finales

El Auto OPV 794 de 2025 no debe ser comprendido únicamente como un avance normativo, sino como una ruptura epistemológica en la manera en que Colombia reconoce y aborda la violencia sexual en el conflicto armado. Su relevancia radica en trasladar al terreno jurídico lo que durante años se mantuvo en el ámbito académico y social: la existencia de hombres víctimas silenciados por estigmas de género y por la ausencia de rutas institucionales. Al acreditar a 104 hombres como víctimas, la JEP dialoga con las investigaciones previas y genera un estándar jurídico que obliga al Estado a reformular sus políticas de atención, reparación y memoria desde una perspectiva más incluyente y transformadora.

Sin embargo, este reconocimiento también plantea desafíos. El paso de la invisibilización a la acreditación formal exige que las instituciones desarrollen mecanismos eficaces de implementación que eviten que el precedente quede en el plano simbólico. La reparación colectiva, la construcción de memoria y las garantías de no repetición deben materializarse en acciones concretas que reconozcan la especificidad de las violencias sufridas por los hombres. De este modo, el Auto se erige como un hito histórico y jurídico que obliga a repensar la justicia transicional en clave de pluralidad, abriendo un horizonte en el que la verdad y la reparación no estén mediadas por estereotipos de género, sino por el reconocimiento integral de todas las víctimas.

La JEP y el Reconocimiento de las Violencias Basadas en Género contra Hombres en el Conflicto Armado Colombiano

Referencias

[1] Estudiante de la Maestría en Género del Cider, Candidata a Doctora en Derecho, Magíster en Construcción de Paz, Magíster en Derecho Internacional y Politóloga de la Universidad de los Andes. Investigadora Asociada de la Universidad Andina Simón Bolívar (UASB) de Ecuador. Investigadora Asociada del Instituto Interétnico y de Pueblos Indígenas de la Universidad de San Carlos de Guatemala. Pasante Doctoral de la Subdirección de Dejusticia apoyando las líneas de Justicia Étnico Racial, Justicia Ambiental y Género. Consultora sobre Violencias Basadas en Género (VBG) en el Macrocaso Magdalena de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

[2] García Hincapié, Carolina y Ortiz Rodríguez, Camila. 2021. Violencia basada en género: conceptualización y análisis de su desarrollo en el conflicto colombiano. Revista Misión Jurídica, 14, (21). 255-275. DOI: https://doi.org/10.25058/1794600X.1960

[3] Auto OPV 794 de 2025. https://relatoria.jep.gov.co/documentos/providencias/1/1/Auto_SRVR-OPV-794_21-julio-2025.pdf

[4] La acreditación corresponde al acto mediante el cual la JEP reconoce formalmente a una persona como víctima o sobreviviente del conflicto armado dentro de un caso o subcaso sometido a su competencia. A partir de este reconocimiento, la víctima adquiere la facultad de intervenir en las actuaciones procesales vinculadas y puede acceder tanto a medidas de protección como a distintos mecanismos de apoyo y acompañamiento.

[5] PriradioTV1. 3 de septiembre de 2025. 104 hombres reconocidos por JEP Colombia, víctimas de violencia sexual y más. https://www.youtube.com/watch?v=48AlT38q4CE

[6] All Survivors Project. 9 de septiembre de 2025. All Survivors Project celebra las históricas decisiones de la JEP que reconocen a los hombres como víctimas de violencia sexual relacionada con el conflicto. https://allsurvivorsproject.org/all-survivors-project-celebra-las-historicas-decisiones-de-la-jep-que-reconocen-a-los-hombres-como-victimas-de-violencia-sexual-relacionada-con-el-conflicto/

[7] PriradioTV1. 3 de septiembre de 2025. 104 hombres reconocidos por JEP Colombia, víctimas de violencia sexual y más. https://www.youtube.com/watch?v=48AlT38q4CE

[8] Obando, Giselle. 2008. De lo que no se habla – violencia sexual contra los hombres en el marco del conflicto armado. Universidad de Los Andes. https://repositorio.uniandes.edu.co/handle/1992/23972

[9] Espinosa, Francy. 2015. La violencia sexual, un arma del conflicto armado que no diferencia género. Universidad Militar Nueva Granada Facultad de Derecho Programa en Especialización en Derechos Humanos y Defensa Ante Organismos

Internacionales de Protección.

[10] Vargas, Samed. 2016. Memorias censuradas: el silencio de los hombres víctimas de violencia sexual en el conflicto armado colombiano. Pontificia Universidad Javeriana. https://repository.javeriana.edu.co/bitstream/handle/10554/35741/Samed%20Mateo%20Vargas%20Montero.pdf?sequence=2&isAllowed=y

[11] Acosta, Nury. 2018. Violencia sexual ejercida como arma de guerra contra hombres. Corporación Universitaria Minuto de Dios, Guadalajara de Buga (Valle del Cauca).

[12] López, Daniela. 2018. Apuntes para entender la violencia sexual contra los hombres en el marco del conflicto armado colombiano. Controversia, Centro de Investigación y Educación Popular – Programa por la Paz (CINEP – PPP) y el Instituto de Estudios Interculturales de la Universidad Javeriana de Cali (IEI). 210: 85-133.

[13] En este sentido, el Auto OPV 794 de 2025 constituye un insumo fundamental para la literatura colombiana sobre las VBG en el conflicto armado. Al acreditar a 104 hombres como víctimas de violencia sexual, la JEP valida y amplía los hallazgos de investigaciones previas que denunciaban el silenciamiento y la invisibilidad de este fenómeno. El Auto confirma que la violencia sexual contra hombres no fue marginal ni anecdótica, sino parte de un patrón empleado por actores armados para ejercer control, humillación y disciplinamiento. Este reconocimiento académico-jurídico rompe con los enfoques restrictivos que habían limitado el concepto de violencia sexual principalmente a la victimización de mujeres, y abre un campo de investigación que conecta los estudios de género y masculinidades con la justicia transicional y el derecho penal internacional.

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