Luis trabaja como mecánico automotriz desde hace más de cuarenta años en el sur de Bogotá. Gilberto es un maestro de obra, y a pesar, de que llegó hace cuatro años a Chía (Cundinamarca) desde Venezuela, ha trabajado en la construcción desde hace más de veinte años. Diana Lorena es profesional, tiene una maestría y trabaja como contratista con el Estado desde hace más de quince años, ha estado en diferentes entidades y gobiernos, y más recientemente, inició un emprendimiento que alterna con sus compromisos profesionales. Henry trabaja como taxista, vive en Medellín (Antioquia), y realiza esta actividad desde hace más de treinta años.
A pesar de que estas personas desarrollan actividades muy diferentes, tienen algo en común: Ninguna cuenta con un contrato laboral.
Las causas por las que no cuentan con un contrato son variadas. En el caso de Luis (mecánico) y de Gilberto (maestro de obra) es porque prefieren no vincularse a una empresa, no tener jefes, manejar sus horarios y recibir ingresos semanalmente de los trabajos que realizan. Si bien hay temporadas con mayor demanda que otras, su conocimiento y trayectoria les permiten atraer clientes para estar activos y vivir de su actividad. En el caso de Diana Lorena, trabajar como contratista del Estado le permite tener flexibilidad de horarios, no tener un jefe (aunque en algunas Entidades los supervisores ejerzan su rol como si lo fueran), generar ingresos extra a través de consultorías o cátedras universitarias y, además, sacar adelante su emprendimiento. No tiene interés en cumplir un horario e ir a la oficina todos los días, ya que eso le implicaría abandonar actividades que complementan su trayectoria y conocimiento profesional. En el caso de Henry, trabajar como taxista le permite recorrer las calles, romper con la monotonía de la oficina, conocer personas y tener tiempo para estar pendiente de su familia, se destaca, que bajo una figura que no es tan común en el gremio de los taxistas a nivel nacional, viene cotizando al sistema de seguridad social, por lo que muy pronto, cumplirá con los requisitos para acceder a una pensión.
El caso de Gilberto, Luis, Diana Lorena y Henry, es el caso de millones de colombianos que desarrollan actividades económicas y productivas que permiten su sustento, pero que se ejercen por fuera de la figura del contrato laboral, y que se da como resultado ya sea de las propias características de su trabajo, por las características del entorno en el que trabajan, por desconocimiento de los trabajadores o por decisión propia. De acuerdo con el Departamento Nacional de Estadística -DANE- (2024)1 para diciembre de 2023 se estima que el 41,5% del total de ocupados a nivel nacional eran trabajadores por cuenta propia, y a pesar, de que el 43,7% de ocupados cuentan con posición ocupacional de obrero/empleado particular, es muy probable que una parte importante de estos ocupados no tengan una relación laboral.
Lo anterior, genera una inquietud y es: ¿realmente el “contrato laboral” es la única puerta de entrada para que los trabajadores puedan obtener un trabajo decente, como el que plantea la Organización Internacional del Trabajo -OIT- (19992)?
En esta época de revoluciones y de cambios, y en el marco de un Gobierno Nacional que se hizo elegir con esta promesa, llama la atención que las reformas, principalmente la primera versión de la reforma laboral, siga viendo al contrato laboral como la principal (o casi única) puerta de entrada para el trabajo decente. Un punto de entrada, que simplifica la diversidad de trabajos que existen en el país, buscando que la relación laboral se ajuste al modelo de producción fordista, pero que desconoce elementos como los tejidos empresariales incipientes (según la Confederación Colombiana de Cámaras de Comercio -CONFECAMARAS-3 para 2022 el 92,0% de las empresas son microempresas), la diversidad territorial y se convierte, en ocasiones, en una barrera de acceso para millones de trabajadores que desarrollan sus actividades productivas por fuera de la figura del contrato laboral.
Es por ello que en este 01 de mayo “Día internacional de los trabajadores” invito a hacer una reflexión y es, si en lugar de tratar de acomodar las diferentes actividades productivas y formas de trabajo a la lógica del contrato laboral, porque no ajustar el contrato laboral y nuestro marco institucional a las lógicas de las actividades productivas. Porque seguir insistiendo en que el punto de partida para el trabajo decente es el contrato laboral con “Subordinación, horario y remuneración”, y porque no diversificar el marco institucional para que cualquier trabajador, independientemente de su actividad, pueda acceder a elementos como la seguridad social, la salud en el trabajo, el entrenamiento, etc. Países como España a través del RETA4 (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) han iniciado acciones en este sentido, experiencias como el Piso de Protección social de gobiernos anteriores han buscado explorar estos caminos.
De esta manera, haríamos un avance casi que como se dio en la Constitución Nacional de 1991, en el que se reconoció la diversidad étnica y multicultural, pero aquí reconociendo que existen diferentes formas de trabajo, que la lógica del campesino, es diferente a la del indígena, a la de la trabajadora sexual, a la del vendedor ambulante o al contratista por prestación de servicios, pero que, aun así, se brindan condiciones para un trabajo decente. Y cuidado, esto no es un llamado a la precarización del trabajo, porque seguramente la figura del contrato debe seguir existiendo para los casos que aplique, sino un llamado a reconocer las dinámicas propias de otras formas de trabajo.